Lineamientos de ética y buenas prácticas
Además de la Coordinadora editorial, la Secretaría de redacción y la Mesa Directiva de la AMLA, la revista Lingüística Mexicana. Nueva Época dispone de un Consejo de asesores [Comité Científico] y de un Comité editorial (véase Equipo editorial).
A. Obligaciones del Consejo de asesores
- El Consejo de asesores es el órgano de consulta de la revista. Está formado por destacados profesores mexicanos y extranjeros, cuya opinión se ha juzgado valiosa para conservar y mejorar la calidad y el prestigio de la revista.
- Son tareas del Consejo de asesores procurar y recomendar la publicación de artículos, notas y reseñas, y colaborar en el dictamen de las contribuciones que se reciban.
B. Obligaciones del Comité editorial
- El Comité editorial de Lingüística Mexicana. Nueva Época es el órgano de autoridad máxima en el proceso editorial de la revista. En su seno se toman por consenso o por mayoría simple, en su caso, las decisiones académicas y editoriales. Está formado por cinco miembros con grado de doctor y con reconocido prestigio académico en los campos de pertinencia de LM.
- Son sus funciones conocer los textos que se someten a la revista para su publicación, así como su valoración preliminar en cuanto a su pertinencia para la revista; seleccionar a los dictaminadores y conocer los dictámenes recibidos; decidir acerca de la calidad de los materiales a publicar y su estructura; hacer propuestas de secciones especiales y considerar o aceptar la propuesta de editores invitados.
- Se considerarán los manuscritos presentados para su publicación, únicamente a partir de los méritos académicos y científicos de cada texto.
- Todos los textos deberán seguir las normas para la entrega de originales establecidas por la revista (véase directrices para autores).
- La responsabilidad de aceptar o rechazar un texto descansa en el Comité y la Coordinación editoriales, quienes se basarán para la decisión en los dictámenes anónimos correspondientes.
- En caso de que los dictámenes no coincidan, el Comité y la Coordinacón editoriales enviarán el texto a un tercer dictamen (véase proceso de evaluación por pares).
- El Comité y la Coordinación editoriales mantendrán el principio de doble ciego en el proceso de dictaminación en todo momento y no podrán darse a conocer los nombres de los dictaminadores, a menos que alguno de ellos pida expresamente revelar su identidad.
- El Comité y la Coordinación editoriales podrán rechazar textos que consideren inadecuados, por tratar temas no vinculados directamente con las áreas de especialización de la revista.
C. Obligaciones de los autores
- Los autores deberán seguir los lineamientos para publicar establecidos por la revista.
- Los autores sólo podrán presentar investigaciones originales; no se aceptarán investigaciones ya publicadas.
- Los autores no deberán presentar simultáneamente el mismo artículo para su publicación en otras revistas.
- Los autores harán constar en las citas y referencias, y en la bibliografía, las fuentes utilizadas para su investigación.
- Los autores deberán confirmar que los resultados presentados son fruto exclusivo de su investigación. Confirmarán también que tienen los derechos de publicación del trabajo y que no infringe los derechos de autor de otras personas.
- Los autores deberán presentar de manera clara los resultados de su investigación y su importancia.
- Los textos de los autores no se someterán a evaluación hasta que se cumpla con todos los requisitos establecidos en los lineamientos para publicar establecidos por la revista.
D. Obligaciones de los dictaminadores
- Todo dictaminador tiene la obligación de evaluar de manera objetiva los textos que acepte revisar.
- El dictaminador que considere no estar calificado para juzgar un trabajo o se encuentre en conflicto de interés deberá devolver el texto a la Coordinación de la revista en un plazo no mayor de diez días.
- El dictaminador deberá tratar el texto bajo revisión como un documento confidencial.
- El dictaminador deberá hacer la revisión del texto en no más de ocho semanas.
- El dictaminador deberá razonar su evaluación sobre la base de su conocimiento sobre la materia.
- Los dictaminadores no deberán utilizar información, argumentos o interpretaciones no publicadas, contenidas en el manuscrito que dictaminan, sin el consentimiento del autor.
- Los dictaminadores deberán explicar claramente su evaluación, para que el Comité editorial, la Coordinación y el autor entiendan el fundamento analítico de sus comentarios.
E. Otros aspectos
Para más información sobre criterios de ética científica, véase
- David R. Koepsell y Manuel H Ruiz de Chávez. 2015. Ética de la investigación. Integridad científica. México: CONACYT - Comisión Nacional de Bioética - Secretaría de Salud.
-
World Conferences on Research Integrity Foundation (WCRIF):
- Declaración de Singapur sobre la Integridad en la Investigación
- Declaración de Montreal sobre Integridad en la Investigación en el marco de Colaboraciones en Investigación que Atraviesan Fronteras
- Quinta Conferencia Mundial sobre Integridad en la Investigación
- The Hong Kong Principles for assessing researchers: Fostering research integrity