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				<journal-title>Lingüística Mexicana. Nueva Época</journal-title>
				<abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">Lin. mex.</abbrev-journal-title>
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			<issn pub-type="epub">2448-8194</issn>
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				<publisher-name>Asociación Mexicana de Lingüística Aplicada</publisher-name>
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					<subject>Reseñas</subject>
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				<article-title>César Ernesto Escobedo Delgado (dir. y ed.). <italic>Diccionario de Lengua de Señas Mexicana de la Ciudad de México</italic>. Instituto para las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México, México, 2017; 504 pp.</article-title>
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						<surname>Cuevas Callejas</surname>
						<given-names>Jair</given-names>
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					<label>1</label>
					<institution content-type="original">Universidad Nacional Autónoma de México cueva_calle@hotmail.com</institution>
					<institution content-type="normalized">Universidad Nacional Autónoma de México</institution>
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			<pub-date date-type="pub" publication-format="electronic">
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				<year>2023</year>
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				<year>2019</year>
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			<fpage>170</fpage>
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						<surname>Escobedo Delgado</surname>
						<given-names>César Ernesto</given-names>
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				</person-group> (dir. y ed.). <source>Diccionario de Lengua de Señas Mexicana de la Ciudad de México</source><italic>.</italic><publisher-name>Instituto para las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México</publisher-name>, <publisher-loc>México</publisher-loc>, <year>2017</year>; <size units="pages">504</size> pp.</product>
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					<license-p>Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons</license-p>
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		<p>El 10 de junio de 2005 se publicó en el <xref ref-type="bibr" rid="B2"><italic>Diario Oficial de la Federación</italic></xref> la Ley General de las Personas con Discapacidad, la cual establece en su Artículo 12 que «La Lengua de Señas Mexicana es una de las lenguas nacionales que forman parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana» (7). A partir de ese momento se daba total reconocimiento jurídico a la Lengua de Señas Mexicana (LSM), lo que cimentaba así las bases para su promoción, enseñanza e investigación, al tiempo que se hacían visibles por completo los derechos de la comunidad sorda del país. Estos logros se mantuvieron en la vigente <xref ref-type="bibr" rid="B1">Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de 2011</xref>.</p>
		<p>Poco más de un lustro después, surge uno de los resultados más fructíferos del estudio de esta joven lengua nacional: el <italic>Diccionario de Lengua de Señas Mexicana de la Ciudad de México</italic> (DLSM). Fruto del esfuerzo de un año ininterrumpido, sin duda una labor titánica para el proceso de creación de una obra lexicográfica como ésta, el DLSM fue diseñado, elaborado y validado por la propia comunidad sorda. También estuvo apoyado por un sólido grupo de investigadores de diferentes instituciones y especialistas en la LSM. Está dirigido a sordos y oyentes interesados en aprender el léxico de dicha lengua.</p>
		<p>Cabe destacar que, tal y como ocurre en los diccionarios de uso de lengua oral, su objetivo es <italic>mostrar</italic> la realización de las señas utilizadas en las distintas zonas del área metropolitana. El DLSM rechaza el prescriptivismo y toda idea normativa, pero conserva su firme intención pedagógica, de aprendizaje. No obstante, no estamos, como podría pensar erróneamente algún lector novato, frente a un manual que enseñe la gramática o la sintaxis de la LSM, sino solamente ante un sumario de señas aisladas que servirá, eso sí, como herramienta de estudio de la parte léxica de la misma.</p>
		<p>El contenido del libro, siguiendo el orden del índice, se estructura en seis grandes bloques. El primero comprende las palabras de tres autoridades de la Ciudad de México; un prólogo, escrito por Miroslava Cruz Aldrete y Marianna Pool Westgaard, especialistas en LSM, y una introducción acompañada de agradecimientos finales. De estos elementos previos es necesario resaltar el prólogo y la sustancia de la introducción. Ambos textos puntualizan muy bien los objetivos, los alcances y la metodología del DLSM; dan un acercamiento rápido, sucinto pero claro, de la terminología básica de la lengua que se está tratando; presentan de forma concreta la organización de las entradas léxicas y su composición interna, y el porqué de cada uno de los elementos que las integran.</p>
		<p>El segundo bloque corresponde a la “Parte I. Información básica sobre la Comunidad Sorda y su cultura”, la cual engloba un recuento breve de la situación contemporánea de dicha comunidad en México y dos historias, mínimas también, sobre la lengua de señas en el mundo y la LSM. En estos resúmenes se ofrecen datos específicos, relevantes, con respecto a las políticas lingüísticas antecesoras de la promulgada en 2005, a la evolución que tuvo la enseñanza del español señado en la ciudad, a las personas e instituciones que tuvieron una fuerte influencia en la prosperidad de este sistema, entre otras cosas. Se trata de un panorama contextual que sitúa atinadamente la información lingüística posterior.</p>
		<p>En el tercer bloque, “Parte II. Información básica de la Lengua de Señas Mexicana”, se definen, además de la propia LSM, los términos necesarios para comprender algunas de sus particularidades lingüísticas. En este apartado está lo referente a la <italic>variación</italic> dentro del territorio capitalino, los resultados de los estudios neurológicos comparativos entre los hablantes sordos y los oyentes, la <italic>modalidad</italic> y los aspectos gramaticales de la LSM; los <italic>afijos</italic> que fueron tomados como préstamos del español para agregar rasgos de significado a las señas; y por último, los llamados <italic>clasificadores</italic>, un elemento que no existe en la lengua oral pero que es una parte indispensable en la gramática de la LSM. Éstos surgen cuando no existe una seña que exprese determinadas cualidades de un objeto, de un animal, de una persona, etc. Son señas, pues, que significan peculiaridades específicas de las cosas.</p>
		<p>El bloque cuarto lleva por nombre “Parte III. Rasgos distintivos de la LSM”, y en él se habla, primero, de los tipos de señas, y posteriormente, tal como lo dice el apartado, de los rasgos distintivos de la LSM: <italic>1)</italic> la <italic>configuración manual</italic>, incluido su espectro de posiciones, <italic>2)</italic> la <italic>orientación</italic> de la palma de la mano, <italic>3)</italic> la <italic>ubicación</italic>, o «el lugar sobre el espacio señante donde se ejecutan las señas» (p. 86), y <italic>4)</italic> la <italic>dirección</italic> del movimiento de la mano. Además, esta parte explica cómo interpretar los movimientos que aparecen en las entradas léxicas y el significado de los símbolos que los acompañan. Por último, menciona también los rasgos no manuales que acompañan a una seña: la <italic>expresión facial</italic> y los <italic>gestos,</italic> y evidencia su importancia para el buen entendimiento del mensaje.</p>
		<p>El quinto bloque es, podríamos decirlo, el diccionario como tal. En esta “Parte IV. Guía de uso del DLSM”, son previamente explicados, punto por punto, los elementos que integran los artículos lexicográficos para que, una vez asimilados, nos sumerjamos en el repertorio de las 1 010 entradas léxicas. A diferencia de los diccionarios de lengua oral, éste no sigue el orden alfabético para enlistar sus entradas, sino que se rige por la secuencia de configuraciones manuales (cm), que son las distintas formas que adopta la mano según la posición de los dedos. Como rasgos mínimos distintivos de la LSM, las cm se repiten en mayor o menor medida en las expresiones lingüísticas de los señantes. Dichos rasgos son mejor identificados por la comunidad sorda y es por eso que se optó por el orden que va desde la cm con más frecuencia de uso en la LSM hasta la de menor frecuencia.</p>
		<p>En cuanto a los artículos, todos poseen los siguientes seis elementos: <italic>1)</italic> número de entrada; <italic>2)</italic> entrada; <italic>3)</italic> imagen principal con la ejemplificación de la seña (tipo de seña, cm, orientación, ubicación, movimiento); <italic>4)</italic> definición en español equivalente o aproximada al significado de la seña en LSM; <italic>5)</italic> glosa de la seña, transcripción gramatical y traducción al español y <italic>6)</italic> vista lateral de la seña. A la par de éstos, existen otros elementos igual de importantes para la comprensión total del significado y para la realización de la seña que sólo se encuentran en determinados artículos; tal es el caso de las flechas que indican la dirección de los movimientos, la numeración de imágenes, los guiones, las diagonales, el símbolo de registro de las marcas comerciales, la marca para los extranjerismos, las siglas para las señas provenientes del Sistema de Señas Internacional (SSI) y las notas culturales.</p>
		<p>El léxico que recupera el DLSM atiende a muchos campos de la realidad; las entradas van desde las que designan objetos simples, utensilios, partes del cuerpo, expresiones, etc., hasta las que remiten a países en concreto, como los casos de Benin, Bosnia y Herzegovina, Botsuana, Myanmar, Albania, Bangladesh, Camboya, Estonia, Sudán, Ruanda, Uzbekistán, Ghana, Letonia y Liberia. Lo que me llama la atención es que hay razón evidente para incluirlos en el diccionario a pesar de que no existe una cercanía ni geográfica ni política ni social con dichos países. Descubrir el porqué sería un buen reto.</p>
		<p>Por último, el sexto bloque integra los apéndices y la bibliografía. En aquella sección, se anexan <italic>1)</italic> los convenios de transcripción entre la LSM y el español, sobre todo el significado de los símbolos utilizados para escribir la primera; <italic>2)</italic> una lista de las abreviaturas utilizadas en el diccionario; <italic>3)</italic> la definición y el uso de la <italic>dactilolog</italic>ía, esto es, las señas que significan las letras del alfabeto; <italic>4)</italic> los números en LSM; <italic>5)</italic> el marco jurídico y normativo del diccionario y los programas de política pública para las personas con discapacidad; y, por último, <italic>6)</italic> el índice alfabético del DLSM.</p>
		<p>Es indudable que nos encontramos ante un diccionario de gran valor lexicográfico, nutrido de punta a punta. Las definiciones en español cercanas lo más posible a los significados de la LSM, la uniformidad de los artículos, la precisión de los datos de cada uno de los rasgos distintivos, el apoyo visual minucioso y cuidado que incluyen tanto las secuencias de realización de las señas, como las señalizaciones de los movimientos de las manos, hacen de esta obra, francamente, un objeto mayúsculo de conocimiento y aprendizaje. Si nos adentramos con la paciencia necesaria, el diccionario nos llevará de la mano desde la primera página. </p>
		<p>Este material tiene todo el potencial para convertirse en la herramienta generalizada de consulta y estudio del léxico de la LSM: por parte de los profesores y estudiantes, es vista desde el plano académico, desde el proceso de enseñanza-aprendizaje de la lengua; por parte de los intérpretes, es vista desde los ámbitos social y laboral; por parte de los padres de familia con hijos sordos y viceversa, resulta necesaria para la comunicación en el hogar, la escuela y la sociedad; por parte de investigadores y curiosos, es vista desde la perspectiva del análisis lingüístico y la investigación teórica y práctica. También puede ser vista desde la trinchera de las instituciones, las asociaciones y las dependencias gubernamentales, quienes desde ya hace algunos años han estado apoyando la inclusión de la comunidad sorda y, ahora, de este tesoro lingüístico nacional.</p>
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			<title>Bibliografía</title>
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				<mixed-citation>“Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad” en <italic>Diario Oficial de la Federación</italic>. 30 de mayo de 2011. México, en &lt;<comment> México, en <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD_120718.pdf">http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD_120718.pdf</ext-link>
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					<chapter-title>Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad</chapter-title>
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					<chapter-title>Ley General de las Personas con Discapacidad</chapter-title>
					<source>Diario Oficial de la Federación</source>
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